Coincidiendo con el fin del estado de alarma en nuestro país, a partir de las 00.00 horas del 9 de mayo de 2021 entra en vigor el Decreto 55/2021, de 8 de mayo, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, para el territorio de Castilla-La Mancha.
Bibliotecas.- Prestarán los servicios ordinarios de préstamo y devolución de obras, lectura en sala y préstamo en red e interbibliotecario, incluido el libre acceso a los fondos documentales, sin que en la ocupación de las salas puedan superar el 75 por ciento del aforo máximo permitido. Este límite de ocupación será aplicable también a la realización de actividades culturales en las mismas.
En el caso de la devolución de materiales prestados, estos se someterán a una cuarentena de 72 horas.
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